— Jaime Emilio González Magaña, S.J.
Mucho se ha escrito sobre este tema en los últimos cuarenta años; muchas son las definiciones que se han dado sobre este ministerio y sobre lo que se debe conocer para llevarlo a cabo. Es importante recordar lo que ha dicho el padre Pedro Arrupe: “no olvidemos que la verdadera discreción consiste, como dice el ‘Ordo Paenitentiae’: ‘en el conocimiento íntimo de la acción de Dios en los corazones de los hombres, obra del Espíritu Santo, fruto de la caridad’ (Ordo Paen. N. 10). La verdadera discreción es un cierto dinamismo que procede de la caridad y crece poco a poco mientras va descubriendo continuamente la voluntad de Dios; el discernimiento tiene un sentido escatológico, al mismo tiempo que informa nuestra vida y todos nuestros actos”[1]. De acuerdo con esta definición, el discernimiento del Espíritu, como lo ha llamado el Ritual de la Penitencia, la discreción o el discernimiento espiritual como algunos autores consideran más correcto llamarlo[2], consiste, ante todo, en una actitud, antes que en un acto separable y concreto con una metodología rígida y claramente determinada por la técnica. El discernimiento “no es una técnica o un proceso, ni un instrumento muy útil para descubrir lo que Dios quiere de nosotros en un momento dado de nuestra vida. Es verdad que tiene un proceso, una técnica, una dinámica, que hay que aprender en la práctica. Pero […] en su esencia es algo más: es una actitud del espíritu. Una manera de ser propia del cristiano que lo lleva a actuar siempre consultando el querer de Dios bajo la conducción del Espíritu, es decir, del Amor-misericordia de Dios”[3].
Otros autores ponen más énfasis en el valor del método y el proceso de búsqueda de la voluntad de Dios, ya sea a nivel personal o comunitario, pero que también acentúan el valor de la actitud espiritual. En este sentido, se menciona al discernimiento como acto o como actitud, dependiendo del acento que se le dé en un momento dado[4]. Así podemos mencionar que “el discernimiento espiritual se puede entender como actitud o como acto. Actitud de discernimiento es la propia del hombre espiritual, es decir, de un hombre que ha descubierto a Jesucristo como centro de su vida. A partir de ahí, este hombre entiende su vida en clave de servicio y necesita ver a Dios en todas las cosas, porque en lo más íntimo de su ser se siente entregado a la promoción de su Reino, precisamente en ellas, no separadamente”[5]. Es un hecho que se puede considerar como “estilo de vida, pero también como experiencia fuerte […]. Al hablar de discernimiento espiritual nos referimos a la experiencia global de buscar la voluntad de Dios y de adherirnos amorosamente a ella. Entendido en este sentido amplio y más general, el discernimiento se refiere a todo el proceso y a todo el dinamismo de maduración de una decisión concreta conforme a la voluntad de Dios. Pero podemos también entenderlo en sentido estricto y más específico, como etapa particular de este itinerario espiritual, como momento específico de todo el proceso: el de buscar la voluntad de Dios inmediatamente anterior al de la decisión libre. En consecuencia, el discernimiento es un modo de ser, no una actividad, ni un método; ni un añadido; no es una tarea más, entre las que ya tenemos. Un auténtico modo de ser y de vivir relacionado permanentemente con Dios y con la historia, o con la historia en Dios”[6].
Esta forma de entender el discernimiento tiene otros exponentes que valoran el método y el proceso de búsqueda de la voluntad de Dios, ya sea en un nivel personal o comunitario pero que acentúan el valor de la actitud espiritual que está a la base de la técnica. Así pues, se habla de discernimiento espiritual como acto o como actitud, dependiendo del acento que se le dé en un momento dado y algunos autores usan el término discernimiento de espíritus para referirse al juego de inspiraciones o mociones espirituales que se deben separar para descubrir la voluntad de Dios. Otros, limitan el uso de la expresión discernimiento o discreción para el sentido amplio de búsqueda permanente de la voluntad de Dios[7]. Si nos atenemos al significado etimológico, discernir quiere decir dividir, separar, distinguir, en nuestro caso la voluntad de Dios entre varias alternativas para conocerla, aceptarla y realizarla[8]. También podemos referirnos a la posibilidad de distinguir unos espíritus de otros, que mueven a las personas y a las comunidades en determinada dirección (mociones). Y aquí encontramos otra diferenciación que han hecho los estudiosos del tema pues, para algunos, el discernimiento, estrictamente hablando, se refiere solo al momento de la distinción de los espíritus, mientras que, para otros, incluye la acción que se desprende de esta distinción.
Más aún, hay otra distinción por lo que se refiere a su carácter individual o comunitario. A lo largo de la historia, generalmente se ha entendido como un ejercicio prioritariamente individual que tiene, necesariamente, una dimensión comunitaria[9]. Es verdad que, para que haya un auténtico discernimiento, se tiene que realizar una búsqueda personal sin la cual es imposible llegar a discernir la procedencia y dirección de las distintas mociones que aparecen en la interioridad de quien discierne. Pero, con la misma fuerza, se afirma que esta búsqueda individual no puede constituirse como un parámetro absoluto de discernimiento, sino que es indispensable que la tarea personal se complemente a través de la confrontación comunitaria y eclesial. Esta confrontación puede comenzar en la entrevista con el acompañante espiritual que, sin intervenir y, por supuesto, sin hacer ningún tipo de presión en la decisión que su acompañado tome. Solamente sirve como un espejo, como un punto de referencia para impedir que el individuo caiga en el frecuente auto engaño o se deje convencer por el espíritu del mal –que también trabaja y mucho-, revelándole sus estrategias, trampas y modo de proceder. El discernimiento personal puede acompañarse y confrontarse por un grupo de hermanos con quienes se establece un compromiso de buscar la voluntad de Dios, en una situación determinada, ya sea a nivel apostólico o comunitario y, en último término, existe una confrontación eclesial cuando la persona que quiere conocer la voluntad de Dios acepta regir sus decisiones según el Magisterio de la Santa Madre Iglesia[10].
Gil, uno de los mejores expositores del tema manifiesta que “el discernimiento espiritual […] ocurre al interior de una conciencia sumamente comunicada, espiritualmente patente y en frecuente diálogo y expresión con quien le da los Ejercicios y le platica las reglas de discernimiento. Es importante comprender que, aunque no esté dicho así, pero está cualificada relación interpersonal entra también constitutivamente en el discernimiento. En una conciencia incomunicada, el discernimiento está falseado de antemano”[11]. En una conciencia que no esté abierta a la comunicación con otro u otros, el discernimiento espiritual no tiene garantías de estar bien orientado de modo que, aun el proceso más individual y personal posible debe estar abierto al diálogo y a la confrontación con los criterios de un acompañante espiritual, de un superior, de una comunidad creyente con la que se camina en búsqueda de la voluntad de Dios.
El sujeto del discernimiento comunitario
Cuando hablamos de discernimiento comunitario, no podemos restringir el sujeto que realiza el ejercicio de la búsqueda de la voluntad de Dios a una comunidad determinada, ya sea local o más amplia. La comunidad, propiamente, no hace referencia a un número determinado de personas, sino a las relaciones que deben existir entre los miembros de un determinado grupo que intenta descubrir, con la participación de todos, qué es lo que Dios quiere de ellos, lo que les está pidiendo en un momento determinado. Por lo tanto, se debe mantener con una enorme flexibilidad el significado de una comunidad que discierne. Partiendo de una eclesiología de comunión, en la que todos y cada uno de los miembros tiene una función activa en el proceso de construcción de la comunidad, es necesario propiciar la más amplia participación posible en la búsqueda de la voluntad de Dios para un grupo humano determinado. En este sentido, el discernimiento comunitario no se identifica ni con una diócesis, una comunidad religiosa local, un movimiento o un cierto número de miembros, sino que está abierto a su definición en el momento en que se decida comenzar el proceso. Puede ser, por tanto, una parroquia, una comunidad local, funcional, transitoria, estable, de trabajo apostólico, un movimiento determinado, etc. Lo fundamental no está en el estatuto jurídico que tenga, sino en el hecho de que entre ellos exista un sincero deseo de buscar, en unión con los demás, lo que Dios les está pidiendo en una situación determinada.
El objeto del discernimiento comunitario
El objeto sobre el cual se discierne debe ser de tal modo que involucre e interese a todos los miembros de la comunidad implicada en esta búsqueda. Bien podría tratarse de asuntos internos de la vida comunitaria, de problemas o cuestiones que tengan relación con la misión apostólica o, incluso, la definición e identidad de las personas y de la misma comunidad de pertenencia. Puede tratarse de asuntos personales en la medida en que éstos también involucren, afecten o interesen a todos los miembros. En un momento dado, una persona puede proponer una búsqueda personal que está interesada en que sea tratada y discutida por los miembros de su diócesis, comunidad religiosa, grupo o movimiento apostólico de referencia. No se trata de poner solamente en manos de la comunidad la decisión que se vaya a tomar -no estamos haciendo referencia a una asamblea de socios o accionistas de una empresa-, pero sí de poner en consideración de toda una decisión que no se quiere tomar solo, que afecta al grupo en su totalidad y que, por lo tanto, no se puede –ni debe- tomar solamente confrontándose con una sola persona, así sea el propio director espiritual. De este modo, el objeto propio del discernimiento en común no está tampoco restringido, sino abierto a toda clase de búsquedas en las que se quiera llegar a una decisión, con la ayuda y la luz que puede ofrecer un grupo de hermanos con quienes se tiene una historia y una vocación en común. Podría encontrarse una restricción en lo que toca al objeto cuando se afirma que las cuestiones prácticas de poca importancia suelen confiarse a la obediencia, dejando en manos del superior las decisiones de la vida cotidiana. San Francisco de Sales escribía “Yo Teótimo, te quiero poner al abrigo de una tentación enojosa que aqueja frecuentemente a las almas muy deseosas de seguir siempre lo más conforme a la divina voluntad. El enemigo en toda coyuntura las hace dudar sobre si está la voluntad de Dios en esto o en aquello, por ejemplo, si en que coman con el amigo o en que no coman; en que vistan hábitos grises o negros; en que ayunen el viernes o el sábado; en que se den el recreo o en que se abstengan; todo esto les hace malgastar mucho tiempo… No es costumbre pesar las monedas chicas, sino las de más valor”[12].
Discernimiento comunitario y obediencia
En algunos ambientes cristianos y aun religiosos, hay quienes han puesto en tela de juicio el valor del discernimiento comunitario aduciendo –con una gran ignorancia y aun miedo- que atenta, o al menos, está en contraposición con la obediencia. Una de las razones que estos grupos han defendido es que mientras más discierne una persona más se desobedece al superior a quien, por norma, no se le puede decir que no a nada de lo que diga u ordene. Otros, han manifestado que el discernimiento se puede prestar a debilitar la obediencia auténtica a favorecer un tipo de obediencia ciega o, a veces, a vivir una especie de obediencia dialogada con el superior de quien se espera ha vivido también un proceso de búsqueda de la voluntad de Dios. Esto -según ellos-, a largo plazo, dañaría todo tipo de relación religiosa y apostólica. Por otro lado, quienes no se fían del discernimiento comunitario, han insistido en que el discernimiento debería circunscribirse al ámbito estrictamente de la vida interior. La obediencia, por su parte, sería el instrumento preciso para hacer eficaz la acción de un grupo. Sin embargo, se ha podido constatar que, si todos los miembros de una comunidad religiosa o apostólica está percibiendo las señales de Dios e interpretándolas según su propio querer e interés, muy seguramente se creará un “síndrome de Babel”. Con esto queremos decir que cada uno entiende no solamente un idioma distinto sino tiene una forma diversa de entender y aceptar la voluntad de Dios y, por lo tanto, no habría forma posible de poder llegar a una decisión coherente y espiritual de lo que Dios les pide en esas circunstancias concretas.
Algunas veces -además-, se ha podido entender la obediencia como una forma cómoda de evitarse la angustiosa tarea de buscar, hallar, sentir y hacer la voluntad de Dios. Vivir en una continua incertidumbre y en una búsqueda permanente no parece ser algo atractivo para algunos y dejan la tarea de la decisión a los superiores. En este sentido, la obediencia sería casi una liberación de la tarea de vivir en plenitud la propia vida y asumirla con un compromiso coherente como el del Señor Jesús en su Encarnación. Hay quienes han manejado incluso que algunos grupos tienen miedo a la libertad y, por lo tanto, se acostumbran a un nuevo cuño de esclavitud o de infantilismo perpetuo al depender completa y absolutamente de un superior. En el caso del discernimiento comunitario es sumamente importante asumir que se trata de un proceso en el que, súbdito y superior, buscan en común lo que Dios les pide y, por lo tanto, la relación autoridad-obediencia sigue teniendo un papel fundamental. Es verdad que después del Concilio Vaticano II, algunos grupos pugnaron por una democratización en las estructuras eclesiales y llegaron a afirmar que la relación autoridad-obediencia debía ser superada. En algunos casos se llegó al absurdo de solicitar que el superior no tuviese la última palabra y que las decisiones que afectaran a la comunidad debían ser tomadas por estricta mayoría.
Obviamente que estas tendencias se alejaban de la más pura tradición eclesial y, por supuesto, que se sigue creyendo que la obediencia es uno de los consejos evangélicos que hacen más libre al hombre y a todo tipo de comunidad apostólica. Es un hecho que el discernimiento comunitario de ningún modo entra en conflicto con la obediencia, sino que favorece que los dos elementos -el de la autoridad y el de la obediencia-, sean complementarios y puedan funcionar mejor en beneficio de la Iglesia toda. El discernimiento comunitario está orientado a facilitar la toma de decisiones últimas, de verdadera importancia y que afectan al conjunto de la comunidad y al desarrollo de la misión apostólica. Por otra parte, el servicio de la autoridad requiere la iluminación necesaria para decidir en bien de la comunidad y de la Iglesia en su conjunto. Así lo expresó un obispo cuando dijo que “la legitimidad del discernimiento del obispo, del Colegio Episcopal y del Papa no depende del refrendo de la comunidad cristiana ni de la acogida que dispense a tal discernimiento la misma comunidad. Pero es preciso añadir que, dentro de la tradición cristiana más legítima, los ministerios que ejercen la autoridad apostólica nunca han actuado solos. (Cf. Hech 15,2-23; 16,4; 2 Tim 1,6; 1 Tim 4,14; 1 Cor 5,4-5). La razón de esta tradicional forma de obrar es la necesidad que todo cristiano tiene de otro cristiano: necesidad de ser confirmado por otro hermano y, en la medida de lo posible, por la comunidad; el cristiano ha de reconocer que no monopoliza ni el Espíritu ni el derecho de hablar”[13].
De la misma forma que el discernimiento personal no tiene nunca una certeza absoluta, el discernimiento espiritual comunitario cuenta siempre con los márgenes de error propios de nuestra naturaleza humana. Una comunidad que verdaderamente desea buscar, hallar y hacer la voluntad de Dios, ya sea a través del seguimiento de sus mociones personales o comunitarias, o buscando las razones que favorecen una determinada decisión, o por cualquier otro medio, debe ir avanzando, poco a poco, hacia consensos y acuerdos más o menos claros. Sin embargo, la legitimidad de una decisión requiere no solo del acuerdo y el consenso comunitario, ni de la mayoría de votos a favor de una determinada opción, sino que recibe su confirmación cuando la autoridad eclesial competente dice la última palabra y ésta forma parte integral del proceso. La decisión tomada después de un proceso largo de oración y discernimiento comunitario no es decisión hasta que el superior no la asume como tal. El discernimiento comunitario es una opción condicionada a una confirmación externa que viene de parte de la autoridad legítimamente establecida y reconocida por la Iglesia a través del superior, reconocido por ella y que, a pesar de sus limitaciones y deficiencia humanas, hace las veces de Cristo, el Señor. La decisión final a la que la comunidad llega después de un proceso de discernimiento no puede tener ni la certeza ni la comprobación matemática, tampoco asumirá la forma de un silogismo operativo; tampoco tendrá la certeza del fanático que se aferra a su verdad sin aceptar ningún otro tipo de mediaciones. Se tratará de “la certeza del recto caminar en la esperanza cierta; un caminar siempre perfectible, dialogal –pues supone el diálogo con la comunidad y en el ámbito de la comunión eclesial- y abierto siempre a la suprema medida que es el modo de ser y de comportarse del Señor Jesús”[14].
[1] AA. VV. (Sin fecha). Siguiendo el camino de la Congregación General XXXII. Papeles inéditos de la Congregación General: artículos experiencias y bibliografía. Roma: CIS.
[2] Cf. Ruiz Jurado, Manuel. (1994). El discernimiento espiritual. Teología e Historia. Madrid: BAC, 18-20.
[3] Osuna, Javier. (1986). “El discernimiento: espiritualidad de seguimiento de Jesús, conducidos por el Espíritu para mayor gloria de Dios”. Reflexiones CIRE 12, 86-87.
[4] Cf. Corella, Jesús. (1989). “El ‘qué’ y el ‘por qué’ del discernimiento”, Confer 28, 382.
[5] Costa, Maurizio. (1979). “El discernimiento espiritual comunitario”, Manresa 51, 218.
[6] Iglesias, Ignacio. (1989). “Discernimiento espiritual en la vertiente personal”, Confer 28, 424-425.
[7] Cf. Libanio, João. (1987). Discernimiento espiritual. Buenos Aires: Paulinas, 136.
[8] Cf. Magaña, José. (1982). “La voluntad verdadera del Dios verdadero”, Manresa 54, 113.
[9] Cf. Barrufo, Antonio. (1972). Apunti per il discernimento e la deliberazione in comune. En: AA.VV. Dossier “Deliberatio” B. Roma: CIS, 135. Costa, Maurizio. (1979). “El Discernimiento Espiritual comunitario”, Manresa 51, 223. Echeverri, Alberto. (1986). “Marco eclesial del discernimiento ignaciano”, Reflexiones CIRE 12, 86. García-Monge, José Antonio. (1989). “Estructura antropológica del discernimiento espiritual”, Manresa 61, 142. Saint Arnaud, Jean-Guy. (1992). “Une aventure nommée discernement”, ChSI 16, 122.
[10] Restrepo, Darío. (1986). “El Discernimiento espiritual en la tradición de la Iglesia y su expresión básica en Ignacio de Loyola”, Reflexiones CIRE 12, 27.
[11] Gil, Daniel. (1980). Discernimiento según San Ignacio, Roma: CIS, 388.
[12] Cf. De Sales, Francisco. Tratado del amor de Dios. Libro VIII, cap. 14. Citado por: Rambla, José María. (1987).” El discernimiento, utopía comunitaria”, Manresa 59, 123.
[13] Yanes, Elías. (1974). El Discernimiento pastoral. Madrid: Marova, 103.
[14] Rovira Belloso, Josep María. (1978). “¿Quién es capaz de discernir?, Concilium 139, 606-607.